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Asociación de Enfermería Vascular y Heridas

La Asociación Española de Enfermería Vascular y Heridas (AEEVH) pone a disposición de profesionales, entidades, sociedades científicas e instituciones la posibilidad de solicitar su aval institucional para actividades formativas, reuniones científicas, proyectos de investigación y publicaciones relacionadas con el ámbito de la patología vascular y el cuidado de las heridas.

La concesión del aval de la AEEVH tiene como finalidad reconocer y respaldar aquellas iniciativas que contribuyen al avance del conocimiento, la formación continuada y la mejora de la práctica clínica, siempre que sus objetivos estén alineados con los principios y fines de la Asociación. Este reconocimiento acredita el interés científico de la actividad y refuerza su compromiso con la calidad, el rigor metodológico y la excelencia profesional.

A continuación, se presenta la Normativa para la Solicitud de Aval a Actividades Formativas, Reuniones Científicas o Publicaciones Científicas (junio de 2023), donde se detallan los requisitos, procedimientos, plazos, condiciones de concesión y costes asociados a la obtención del aval de la AEEVH.

Condiciónes para la solicitud de un aval concedido por la AEEVH

La Asociación Española de Enfermería Vascular y Heridas (AEEVH) establece dentro de su artículo 2º en su listado de objetivos los siguientes: 

  • Promover estudios específicos

 La Asociación Española de Enfermería Vascular y Heridas tiene como finalidad primordial el estudio e intercambio de experiencia entre los asociados en todo lo relacionado con la patología vascular y el cuidado de las heridas. 

  •  Contribuir a la formación continuada
    Se celebrarán Sesiones Científicas y Congresos, correspondiendo al Comité Científico establecer el programa, el orden de las comunicaciones y discusiones. Existirá un reglamento adecuado a cada caso, en el que se regulará el orden de intervenciones, la presentación de las ponencias y comunicaciones y otras actividades si existieran.


Para cumplir con los presentes objetivos, por un lado la Asociación Española de Enfermería Vascular y Heridas desarrolla sus propias actividades científicas organizadas en forma de reuniones, cursos, simposios, conferencias y/o de talleres prácticos y por otro puede además avalar, patrocinar y otorgar el uso de su logotipo a aquellas actividades surgidas de otras entidades, tanto públicas como privadas, cuyos programas y objetivos coincidan con aquellos que sean de interés para la Asociación y el desarrollo en el cuidado de la patología vascular y de las heridas

Por esta razón, la Asociación está abierta a conceder los avales que le sean solicitados para actividades científicas que reúnan los requisitos necesarios para promover sus fines, siendo el objetivo de dicha concesión acreditar el valor científico de la actividad. 

Dado el carácter multidisciplinar de la Asociación Española de Enfermería Vascular y Heridas, el reconocimiento de actividades científicas o sociales está abierto a todos los profesionales, asociaciones o entidades relacionados con el ámbito de las heridas, la patología vascular o que contribuyan al mismo. 

Las presentes normas están orientadas a ofrecer un instrumento para valorar el reconocimiento por la AEEVH de aquellas actividades que reúnan los requisitos necesarios para promover dicha actividad. 

La presente normativa se acoge a los Estatutos Generales de la AEEVH

ARTÍCULO 1. Eventos susceptibles de recibir el reconocimiento de la AEEVH

  • Cualquier actividad científico-sanitaria puede ser susceptible de obtención de Aval y de reconocimiento de interés. 
  • Se entiende por actividad:
  • Congresos, reuniones y simposios de otras instituciones y empresas cuyos contenidos estén relacionados con los objetivos de la Asociación.
  • Documentos de Consenso y Guías Clínicas Diagnóstico-Terapéuticas.
  • Proyectos de Investigación con financiación pública o privada.
  • Libros y monografías.
  • Lugares on-line que tengan contenidos relacionados con los objetivos de la Asociación.
  • Actividades científicas organizadas por la industria.  

 

ARTÍCULO 2. Eventos no susceptibles de recibir el reconocimiento de la AEEVH

  • La Asociación Española de Enfermería Vascular y Heridas ha predefinido un listado de situaciones en las que no podrá otorgar el aval. Listado de circunstancias:
  • Cuando los objetivos de la reunión o publicación no estén alineados con los objetivos y/o fines de la AEEVH.
  • Cuando dentro de los objetivos de las reuniones o publicaciones se detecten conocimientos pseudocientíficos.

 

ARTÍCULO 3. ¿Cómo solicitar el aval? 

La entidad solicitante se dirigirá a la Asociación rellenado un formulario que se descargará a través de su página web https://aeevh.org/, solicitando la concesión del aval o declaración de interés científico.

Plazos
:

  • Enviar la solicitud de Aval Científico a la AEEVH con un mínimo de 5 semanas de antelación al inicio del programa formativo, publicación del manuscrito o desarrollo del evento.
  • El Comité Científico dará una respuesta a la solicitud de Aval Científico en el plazo máximo de 3 semanas. 

Si el Comité Científico estima necesaria documentación informativa adicional se comunicará al solicitante para que lo remita en el menor tiempo posible. 

La solicitud debe ser presentada por la Dirección/organización de la actividad formativa o evento propuesto, pudiendo incluir en la solicitud cuantos documentos se estimen necesarios para complementar la misma. 

  • Programa o memoria en la que se describa el organismo responsable de la reunión, composición de su Comité Organizador, objetivos de la misma y público al que va dirigido
  • Programa en el que consten los actos científicos, título de las ponencias, conferencias…etc., e identidad de los ponentes.
  • Relación de otras sociedades u organismos a los que se ha solicitado también el auspicio para la misma reunión
  • Resumen de los métodos de financiación de la reunión


En el caso de una solicitud de aval de una Publicación Científica es necesario incluir: 

  • Programa o memoria en la que se describa al organismo responsable de la publicación, editores o coordinadores y público al que va dirigido.
  • Índice de los temas o capítulos, nombre y título académico de los autores y resumen breve del contenido.
  • Relación de otras sociedades u organismos a los que se ha solicitado también el auspicio para la misma publicación.

 

ARTÍCULO 4. Implicaciones de la concesión

  • El Aval Institucional implica la conformidad de la Asociación Española de Enfermería Vascular y Heridas a la actividad avalada y el uso de su nombre y de su logotipo por los organizadores. Debe ser objetivo de todos aquellos que participen en el proceso de concesión del Aval que sólo lo reciban aquellas actividades que, cumpliendo las finalidades de la Asociación, lo hagan con la dignidad que el nombre de la Asociación requiere. 


La Asociación Española de Enfermería Vascular y Heridas no se hace responsable de las opiniones personales vertidas durante la reunión, o la publicación, por sus ponentes, conferenciantes o autores
. 

Al otorgar el aval, la AEEVH se compromete a: 

  • Enviar por correo electrónico una carta de concesión del Aval de Reconocimiento y los términos de la misma.
  • Permitir la utilización del Logotipo de la AEEVH con su texto 

 

ARTÍCULO 5. RÉGIMEN SANCIONADOR 

  • Cualquier incumplimiento o variación de los requisitos aprobados o un uso inadecuado, el aval podrá suponer una retirada de los derechos a la utilización del aval y obligar a su retirada, y difusión de la misma.
  • No se permite la difusión ni preaviso de solicitud del Aval de la AEEVH, sin la previa concesión. La utilización o difusión del aval o su preaviso de solicitud sin estar aprobado, supondrá la posibilidad de medidas disciplinarias para los miembros de la AEEVH, y de posibles acciones legales hacia los responsables.
  • El incumplimiento o variación de los requisitos aprobados en la concesión de un aval podrá ser causa de denegación de solicitudes de aval para peticiones posteriores. 

 

ARTÍCULO 6. Reforma de la presente normativa 

  • La AEEVH se reserva el derecho a modificar en cualquier momento el presente documento por decisión y aprobación expresa de la Junta Directiva.
  • Las modificaciones establecidas no tendrán carácter retroactivo y sólo serán efectivas a partir de la fecha de aprobación del nuevo documento.
  • Se asume que aquellas ACTIVIDADES que lograron el aval de la AEEVH con anterioridad a la fecha de aprobación de las modificaciones no serán afectados por estas. 

 

ARTÍCULO 7. Coste del aval

  • Si la actividad viene promovida por un miembro adscrito a la AEEVH o una Sociedad Científica donde el contenido tenga relación con las actividades de la AEEVH el aval no tendrá ningún coste.
  • Cuando la actividad esté promovida por un investigador no perteneciente a la AEEVH el coste del aval será de 500 euros + IVA.
  • Cuando la actividad esté promovida por una entidad privada, el coste del aval será de 2000 euros + IVA. En caso de publicación el coste será de 1000 euros + IVA.
  • Cuando la actividad esté promovida por la industria farmacéutica el coste del aval será de 2500 euros + IVA. En caso de publicación el coste será de 1500 euros + IVA
  • Se asume que aquellas ACTIVIDADES que lograron el aval de la AEEVH con anterioridad a la fecha de aprobación de las modificaciones no serán afectados por éstas.